Relaciones de poder y vulneración de derechos

Relaciones de poder y vulneración de derechos

Yo creo que hay posiciones de autoridad que están justificadas siempre y cuando conciernan estrictamente el ámbito para el que han sido concebidas: por ejemplo, la relación entre profesor y estudiante. Existe todavía una relación de poder entre el profesor y el alumno, si bien la tendencia actual es hacer de las clases espacios de diálogo más horizontales, en los que el profesor funge como mediador. Uno de los deberes del profesor es el evaluar el rendimiento, esfuerzo, resultado del estudiante dentro de la asignatura. A través de este mecanismo puede excederse en su uso del poder: puede usar las notas para chantajear estudiantes o aplicarlas para castigar a a aquellos que no sean de su agrado. Si bien hay que confiar en la ética profesional de los profesores, tienen que haber mecanismos de veeduría o canales de comunicación para que los estudiantes puedan denunciar abusos de poder por parte de los profesores.

Normalmente mis relaciones de amistad o amorosas han sido con otros compañeros de la carrera, hay entonces una pretendida relación de horizontalidad.

Yo siento que una relación de poder no supone la vulneración de los derechos de la persona subordinada, pero la misma existencia de esta relación implica el peligro latente de que se de esta vulneración de derechos. Por esto, siempre hay que estar atento a que esto no suceda y si sucede, deben de existir los canales para notificar esto y proceder con mecanismos sean de diálogo o punitivos dependiendo del caso. Otra cosa que es importante es que entrar en el rol de subordinado debe de ser consentido: por ejemplo, el estudiante renuncia a la libre utilización de su energía, tiempo y otros medios porque confía en el juicio de su institución para formarle. Decide escuchar y actuar según las indicaciones de un tercero (el profesor) puesto que piensa que esto es lo mejor que podría hacer para aprender un area particular. Es decir, renuncia a su juicio sobre lo que es mejor para él, porque percibe en esto un mayor bien: ser un mejor profesional. Aquí hay un consentimiento y por esto está justificada la relación de poder. No obstante, de no ser consentida o de haber coerción la relación de poder pierde toda legitimidad y razón de ser. Debería de ser suspendida inmediatamente.

Discusión (0)

No hay comentarios para esta nota aún.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Cra. 1 No. 18a - 10

Bogotá, Colombia

Cód. Postal: 111711

+(571) 339 49 49

Edificio RGA-201

Extensión 5300

Edificio RGA, piso 1

Extensión 3930

Universidad de los Andes | Vigilada Mineducación
Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964.
Reconocimiento personería jurídica: Resolución 28 del 23 de febrero de 1949 Minjusticia.