7.8
Dentro de una relación de poder, asimetría o subordinación, creo que se vulneran los derechos de la persona que no ocupa una posición privilegiada cuando la persona que ostenta el poder:
- delega su trabajo en la persona que no tiene el poder y, luego, lo presenta como un producto propio;
- no escucha a los subordinados que piensan distinto, pues conisdera que su posición siempre es la correcta;
- no respeta el límite entre la esfera personal y la esfera laboral o
- cuando favorece a personas del grupo de quienes no ostentan el poder, pero no por sus méritos, sino por razones meramente personales. Dicho de otro modo, cuando la persona que ostenta el poder favorece a uno o más subordinados porque le agradan más que otros.
Por otro lado, considero que, en efecto, una relación de poder puede suponer la vulneración de los derechos de la persona subordinada, en parte, por las razones que he listado en líneas anteriores. Por esto, considero que los derechos de la persona que no ocupa una posición privilegiada deben ser uno de los fundamentos de la relación asimétrica que se establezca. Desde mi punto de vista, antes de las afinidades personales, estas relaciones deben construirse sobre los derechos y los deberes de cada una de las partes, pues esta es una manera clara de establecer los límites dentro de este tipo de relaciones.
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